El Reclamo de los Integrantes de la Mesa municipal de víctimas de chiquinquirá desencadenó la sANCión en Conta de Carlos FajardoEl Polémico Personero de la Llamada Ciudad Mariana en Boyacá.
El Nombre de Carlos Fajardo Ha Venido ligado en boyacá a Diferentes escándalos Desde Hace Varios Años: Ha Estado Rel -Rel -Rel -Con Una inclinacia hacia el tema naziAdmirador de Hitler y Hasta la Supuesta Creació de una Gestapo en Tunja, Que Han PUESTO AL JOUVE COMO Protagonista en Los Medios de Comunicación.
En otros de sus episodios, Este Abogado, Oficial de la Armada Nacional en Uso de Buen Retiro, Comunicador Social y Periodista Estuvo detenido tras encontrársele una pistola en su poder Cuando se además se entraba en evidente de estado de alicoramiento en un autobús que viajaba de duitama a tunja, escándalos a los que se suman reiteradas denuncias de su expareja por violencia intrafamiaria.
PERO ESO NO ES TODO. Carlos Ernesto Fajardo Castiblanco, A SUS 33 Años de Vida, Llegó en Marzo del Año Pasado a la Personería en Medio de cuestionAmientos hacia los concejales que eligeron PUES OBTUVO UNA CALIFIÓN PERFECTA DE 100 PUNTOS POR CADA UNO DE LOS 15 CABILDANES DE LA CAPITAL Religiosa de Colombia Que lo Llevaron A Imponerse A Los Demás Aspirantes Ya Convertirse en El Representante del Ministerio PÚBLICO en CHIQUIRQUIRÁ Para El Periodo 2024-2017.
Ahora Fajardo Vuelve A Ser Noticia Pero por Un Fallo de la Procuraduría General de la Nacia emitido ESTE Lunes 9 de Junio, A Través Del Procurador Provincial de Instrucción de Chiquinquirá, Fabio Enrique Pedreros Perilla Quien en una decisión que no tiene apelación y Que es de Inmediato Cumplimento para el el concepto municipal y el Alcalde, lo Aparta del carga por tres Meses Inicialme.
Suprender provisionalmento por el Término de Tres (3) Meses
Artículo Primero del Fallo
“Suspender provisionalmente por el término de tres (3) meses al señor Carlos Ernesto Fajardo Castiblanco, en su calidad de secretario técnico de la Mesa de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado del Municipio de Chiquinquirá, atendiendo a su condición de personero municipal de Chiquinquirá, Elegido para el Periodo 2024-2027, de conformidad con lo exposición en la parte mote de esta providencia ”, se ordena en el artículo primero del fallo.
En su numeral quinto definió el procurador provincial: “Comunicar el presente prueba al presidente del concepto municipal de chiquinquirá, un efecto de que cumpla y eJecute la orden de suspensión impartida en el numeral primero primeRiTi Provincial de Instrucción Su Cumplimento.
Y en el Sexto Numeral del documento Recalca: “Como quiera que la duma municipal no se Encuentra en sesiones ordinarias, comunicar El presente prueba al Señor Alcalde municipal para que realice los actos propios una carga suCon El Objeto de Que, El Concomo Municipal de Chiquinquirá, procedimiento de un nombrarrí Personero Con Provisalidad Hasta Tanto Permanezca La suspensión de su titular Provisional.
Chiquinquirá Foto:istock
“Ante el Reiterado Reglamo de los Integrantes de la Mesa municipales de víctimas de chiquinquirá, por el posible por parte por parte del personaje municipal, de sus funciones como no de secretario técnico de la mesa de víctimas, procede el despojo a evaluar la procedimiento o no de dar ATATÍAMÓN CGD, Dentro de la Investigación Disciplinaria que Adelanta en Conta del Citado Señor Carlos Ernesto Fajardo Castiblanco, en su Condiciónón de Personero Municipal de Chiquinquirá-Boyacá ”, Se puede Leer en la Parte Motima del Fallo de 18 Páginas.
El procurador además asegura que las diligencias se iniciaron con fundamento en la queja presentada ante la ventanilla de esta Procuraduría Provincial de Instrucción, el día 1 de octubre de 2024, por la señora Daniela Fernanda Coronado Ovalle, en su calidad de Coordinadora de la Mesa Municipal de Participación Efectiva de Víctimas del Municipio de Chiquinquirá, en contra del Señor Carlos Ernesto Fajardo Castiblanco, por presastas irregularidadas relacionarias con el incumplimento de sus funciones Como Secretario Técnico de la Mesa de Víctimas.
“Que, El Día 22 de Julio de 2024, La Coordinadora de la Mesa Municipal de participación de la participación de las víctimas de Chiquinquirá, Solicita al Personero Municipal, Brindar Espacio en su agenda el Día 31 de Julio 2024 paraa la Realización EJECUTO, AJECUTO, AJECUTO, ASCUJA, AL QUÉ Respuesta el Día 24 de Julio de 2024, Denegando lo Solicitado, Con FundamentO en que para Dicha fecha se habita programado con antelacióniD Diligencias Judiciales, además que no se iba a TraJar en sesiones de las Ordinarias ni extraordinarias de la mesa Víctimas del Conflmo Armado en Los Meses Venideros ”, Señaló.
Recalca el Procurador Que Sin Que se Entienda un prejuzgamiento del desespacho Falta Disciplinaria Grave, Contenida en Los Numerales 19 y 8 ° del artículo 39 del cgd, de conformidad con lo previsto en el artículo 67 del cgd y, acorde a los criterios previstos en el artículo 47 ibidem.
“…Al Parecer incurrió en falta relacionada con el incumplimento de sus deseberosas como personalero municipal y por fine de Secretario Técnico de la Mesa de participación Efectiva de las Víctimas del Conflma Armado del municipio de quiquiNquirá, al presuntato no brindar la informaciónis requerida por la coordinada de la mesa Sistematicen Los Asuntos Acordados y Los Compromisos Establecidos, Durante las Vigencias 2024 y lo Que Va Corrido del Año 2025, Especiale de la Sesión del Comité Ejecutivo Programado Para El Día 31 de Julio de 2024 “, Se Puede en el Fallo.
Carlos Ernesto Fajardo Castibblanco, Quien no Responde Las Llamadas de Este Medio para Conocer Su Opinión, Deberá Entonces Apartado de Del Cargo Durante los Próximos Tres Meses y El Concomo o El Alcalde Deben Nombrar, un personal de ONU, Encargado.
Boyacá 7 Días