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Cómo calcular el salario de un vigilante en Colombia en 2025 según las tarifas de Supervigilancia

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el personal de vigilancia es muy importante en las propiedades horizontales porque su labor consiste, precisamente, en resguardar la seguridad de las propiedades. Le contamos cómo se puede calcular el salario de los vigilantes, según la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada (Supervigilancia).

Antes de entrar en materia, cabe resaltar que los conjuntos residenciales, por poner un ejemplo, pueden incrementar, a comienzos de cada año, el salario de los vigilantes en el porcentaje en que se reajustó el salario mínimo. En este 2025, en el 9,53%.

¿Qué dice la Supervigilancia?

La Supervigilancia afirma que todas las empresas y cooperativas de vigilancia y seguridad privada con armas y sin armas, que utilizan el medio humano y/o canino, deben sujetarse al régimen de tarifas en la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, en los siguientes términos, previas las siguientes consideraciones:

  1. El valor del seguro de vida colectivo de que trata el artículo 5 de la Ley 1920 de 2018 y el Decreto 1588 de 2021 constituye un costo directo tal y como lo establece el artículo 2.6.1.1.6.3. del DUR 1070 de 2015. El valor de la prima del seguro de vida colectivo debe aplicarse antes del porcentaje de Administración y Supervisión (AyS), por cuanto dicho valor hace parte de los costos directos de la estructura de la tarifa mínima.
  2. Para efectos del cálculo de la tarifa mínima, deberá sumar el valor individual de la prima del seguro de vida que corresponde al número de hombres que prestarán el servicio de vigilancia y seguridad privada.
  3. El pago del valor de la tarifa, al ser de carácter mensual, no puede ser sometido a ningún tipo de plazo, en aras de garantizar el cumplimiento de las obligaciones laborales y la estabilidad económica de la empresa.

Estás serán las tarifas para 2025. Foto:iStock

Ahora bien, para calcular los servicios contratados por horas y días específicos de un vigilantes, se debe utilizar la siguiente fórmula: (SMLMV x tarifa del servicio) + prima del seguro de vida) x variable de proporcionalidad) / 30) x días del servicio ) / jornada laboral) x horas del servicio.

Tarifa del 1 de enero al 14 de julio de 2025

La Supervigilancia desarrolló que los usuarios de los sectores público, educativo privado, comercial y de servicios, industrial, aeroportuario, financiero, transporte y comunicaciones, energético y petrolero, serán sujetos de la aplicación de la tarifa mínima equivalente a 9,14 salarios mínimos legales mensuales vigentesnecesario para cubrir los costos laborales; más un porcentaje por concepto de gastos administrativos y de supervisión, de conformidad con los siguientes parámetros:

$ 1.423.500 x 9,14 = $ 13.010.790 + Valor prima de seguro de vida.

Medio humano sin arma: Base + 8% = $14.051.653 + prima seguro de vida.

Medio humano con arma: Base + 10% = $14.311.869 + prima seguro de vida.

Medio humano con canino: Base + 11 % = $14.442.567 + prima de seguro de vida.

Tarifa del 15 de julio al 31 de diciembre de 2025

$ 1.423.500 x 9,29 = $ 13.224.315 + Valor prima de seguro de vida.

Medio humano sin arma: Base + 8% = $14.281.260 + prima seguro de vida.

Medio humano con arma: Base + 10% = $14.546.747 + prima seguro de vida.

Medio humano con canino: Base + 11 % = $14.670-090 + prima de seguro de vida.

Tarifas para estratos residenciales

Según la Supervigilancia, para los estratos residenciales 1, 2 y 3 la tarifa a cobrar deberá garantizar al trabajador el pago de las obligaciones laborales y los costos operativos.

Para los estratos 4, 5 y 6 se aplicarán las tarifas generales más del 10% de A&S.

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